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M Manifiesto de Carga Courier: Es el documento simplificado que contiene la individualización de las Guías Courier que transporta un vehículo o un mensajero a bordo, mediante el cual las encomiendas se presentan y se entregan a la aduana a fin de acceder al tratamiento de mensajería internacional "Courier". Manifiesto de Exportación: Declaración escrita que hace un exportador cuando despacha las mercancías con destino al exterior. // Declaración de Aduanas (Forma "D"). Manifiesto de Importación: Conjunto de documentos que para cada importación debe presentarse a la oficina aduanera con el objeto que se formalice el trámite de nacionalización de la mercancía que se importa. Manifiesto Especial: Escrito dirigido al Jefe de la Oficina Aduanera, acompañado del manifiesto de importación, conocimiento de embarque, factura comercial y demás documentos necesarios, para retirar las mercancías consideradas como abandonadas o que estén o no en proceso de remate. Materia Prima: Todos los productos que se comercializan en su forma natural o que tengan como máximo un segundo grado de transformación. Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (M.E.I.V.): Son las partes, accesorios, piezas y componentes automotrices importados de terceros países destinados a la producción nacional de cualquiera de los modelos de las categorías 1 y 2, señaladas en las Normas para el funcionamiento de la Industria Automotriz Nacional. Menaje de Casa: Está constituido por los muebles y artefactos de uso y economía domésticos. Mensajeros a bordo: Son las personas naturales que actúan como portadores de correspondencia documentos y encomiendas, por cuenta de una empresa de Mensajería internacional "Courier"). Mercado Común: Es una forma de integración, que implica la libre circulación de servicios y factores productivos, a través de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones arancelarias; la adopción de un arancel externo común frente a terceros países, y la combinación de políticas macroeconómicas y sectoriales que abarcan áreas de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria, entre otras. Mercancía: Se denomina mercancía a todo genero vendible; cualquier cosa mueble que se hace objeto de trato o venta. / A los efectos del tráfico de perfeccionamiento, se entiende por mercancía todos aquellos insumos, materias primas, partes o piezas que sean necesarios en el proceso productivo, aunque se consuman sin incorporarse al producto reexpedido, exportado o reintroducido y siempre que pueda determinarse su cantidad. Se exceptúan los lubricante y combustibles. (Art. 42 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales). Mercancías Extranjeras: Son aquellas que han sido producidas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, o que han nacido en otro territorio aduanero, sin que hayan cumplidos los trámites necesarios para su nacionalización. Mercancías Nacionales: Son aquellas que han sido producidas, fabricadas, cosechadas, capturadas, manufacturadas, creadas o que han nacido en el territorio aduanero nacional, no exportadas definitivamente, o las que han debido regresar a dicho territorio por no encontrar mercado en el territorio. Mercancías Nacionalizadas: son aquellas cuya exportación o internación al país ha cumplido todos los trámites inherentes a su nacionalización, es decir, los relativos y necesarios para su aceptación, adjudicación, liquidación, pago y retiro. Mezcla: Todo proceso productivo que consiste en la combinación de dos o más sustancias diferentes para obtener una nueva sustancia de propiedades físicas y químicas distintas a las de las sustancias mezcladas. Muestra: Es un artículo representativo de una clase de mercancía ya producida o modelo de mercancía cuya producción se proyecta; no comprende, artículos idénticos importados por una misma persona o remitidos a un solo consignatario, en cantidad tal, que tomados globalmente, configuren una importación ordinaria sujeta al pago de derechos aduaneros. Multas: Sanciones pecuniarias por infracción de diversas disposiciones legales contenidas dentro del ordenamiento legal aduanero. N NANDINA: La Nomenclatura Arancelaria Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena, aprobada por la Comisión del Acuerdo a través de la Decisión 249 de fecha 21 de julio de 1989. Las características más importantes de esta nomenclatura son: a) Será aplicada a la universalidad de los productos y a la totalidad del comercio de cada uno de los Países Miembros, b) Los Países Miembros podrán crear, en su propia nomenclatura arancelaria o estadística, subpartidas adicionales para la clasificación de las mercancías a un nivel más detallado; y, c) Se le podrán efectuar modificaciones a la Nomenclatura NANDINA, tomando en consideración las reformas que el Consejo de Cooperación Aduanera (C.C.A.) introduzca al Sistema Armonizado. Normas COVENIN: Constancia de registro del producto expedida por el Servicio Autónomo Dirección de Normalización y Certificación de Calidad (SENORCA), adscrito en la actualidad al Ministerio de la Producción y el Comercio. Notas Complementarias: Son notas que complementan la compresión de la clasificación arancelaria de las mercancías. Notas Explicativas del Sistema Armonizado: Es un compendio de datos que contribuyen a una mejor compresión e interpretación del Sistema Armonizado. O Operaciones Aduaneras: Actos jurídicos dirigidos a superar las restricciones impuestas, por el estado en ejercicio de su poder de policía, al libre tráfico internacional de bienes. Operador de Transporte Multimodal Internacional: Toda persona autorizada que, por sí o por medio de otra que actúa en su nombre, celebra un Contrato de Transporte Multimodal Internacional, actúa como principal, no como agente o por cuenta del expedidor o de los porteadores que participan en las operaciones de transporte, y asume la responsabilidad de su cumplimiento. Orden de Exoneración: Providencia dictada por el Ministerio de Finanzas, por órgano del SENIAT, mediante la cual libera total o parcialmente del pago de tributos aduaneros, al propietario de mercancías de importación. P Países Miembros de la Comunidad Andina de Naciones: Son los países que conforman la Subregión Andina (Acuerdo de Cartagena): Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. Pasajero: Todas aquellas personas nacionales o residentes en el país, que entren o salgan del territorio nacional, por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículo de transporte público o privado. (Art. 134 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales). Pasavante: Documento de navegabilidad exigido por las autoridades mercantes de un país. Potestad Aduanera: Es la facultad de las autoridades competentes para intervenir sobre los vehículos, medios de transporte y mercancías que sean objeto de tráfico internacional o de tránsito nacional así como sobre los objetos que formen parte del equipaje de pasajeros y tripulantes a los fines previstos en la Ley Orgánica de Aduanas; autorizar o impedir su desaduanamiento, ejercer los privilegios fiscales, determinar los tributos exigibles, aplicar las sanciones procedentes y, en lo general, ejercer los controles previstos en la legislación aduanera nacional. Precinto Aduanero: Conjunto formado por un fleje, cordel o elemento análogo y un sello, que dada su naturaleza y características ofrece seguridad a las mercancías contenidas en una unidad de carga o unidad de transporte, que permite a la autoridad aduanera efectuar su control. Preferencias Aduaneras: Es una forma de integración, mediante la cual un conjunto de territorios aduaneros se conceden entre sí, una serie de ventajas aduaneras, no extensibles a terceros países debido a la suspensión internacionalmente aceptada de la Cláusula de la Nación más Favorecida. Dentro de este tipo de integración económica, podemos mencionar la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI). Preferencias Arancelarias: Reducciones totales o parciales que un país aplica a su arancel nacional, exclusivamente a favor de otro u otros países que son sus socios dentro de un determinado tipo de acuerdo (acuerdo de preferencias comerciales, sistema generalizado de preferencias, zona de libre comercio). Proceso Productivo: Es el conjunto de determinadas operaciones y transformaciones requeridas para obtener un producto. Producto Agrícola: Según la Comisión Antidumping y sobre Subsidios, se entiende por producto agrícola, aquél proveniente de actividades agrícolas, pecuarias, forestales o pesqueras que no haya sido sometido a ningún procesamiento industrial o que habiendo sufrido un proceso, no ha sido modificado sustancialmente en sus características esenciales. Producto totalmente producido: Mercancía elaborada en procesos de producción íntegramente efectuados dentro del territorio aduanero de un país (o zona), sin emplear insumos importados (extrazonales). Provisiones de a Bordo: Es el ingreso bajo potestad aduanera de víveres y provisiones liberados del pago de impuestos de importación, destinados al uso y consumo de los pasajeros y tripulantes de vehículo que realicen transporte internacional de carga o pasajeros. (Art. 109 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales). Providencia: Acto administrativo que se genera de una decisión del Órgano de la Administración Pública, cuando no le corresponda la forma de decreto o Resolución. (Art. 17 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos). Puerto Libre: Territorio sometido a régimen aduanero especial, en el cual pueden ingresar mercancías procedentes del exterior, libres de los gravámenes aduaneros, impuesto internos y restricciones cuantitativas, dentro de los términos y limitaciones previstas (Ejemplo: Puerto Libre del Estado Nueva Esparta).
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